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Moto Engineering Foundation (en adelante MEF o la Fundación) cuenta con un Modelo de Prevención de Riesgos Penales con el objeto de establecer reglas de gestión y funcionamiento interno que se aplican a la Entidad a la hora de cumplir con lo dispuesto en la normativa referida a la responsabilidad penal de la persona jurídica.
En concreto, en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, en su artículo 10 (sector privado) y su artículo 13 (sector público), impone la obligación de establecer canales de denuncia internos, por lo que, en base a los principios de cumplimiento de la Fundación, se lleva a cabo la implantación del presente canal de denuncias garantizando el cumplimiento de lo establecido por la doctrina derivada de la Circular de la Fiscalía 1/2016, de 22 de enero y por lo recogido en la Ley 2/2023 anteriormente mencionada.
Además, MEF, dispone de un Código Ético cuyo principal objetivo es establecer las pautas que orienten el comportamiento de las personas trabajadoras o con una relación formativa, voluntarios/as, personal directivo, y otros profesionales vinculados con la Fundación que contribuyen al desarrollo de sus actividades en lo que respecta a su forma de actuar y a las relaciones e interrelaciones entre sí, con otras Sociedades Nacionales e internacionales, con los usuarios, con colaboradores externos, con instituciones Públicas y Privadas y con la Sociedad en general.
Por ello, quienes formen parte de MEF deben contribuir al logro de su misión, a través de un comportamiento que refleje de forma consistente sus principios y valores, prestando especial atención a los posibles conflictos de interés.
En consecuencia, MEF valora muy positivamente que sus personas usuarias, miembros, proveedores o colaboradores, denuncien aquellos comportamientos que infrinjan el Código de Conducta o que resulten irregulares, ilícitos o delictivos. En cualquier caso, se trata de una herramienta a disposición de cualquier persona.
Este canal es creado exclusivamente para denunciar irregularidades, ilícitos o delitos. En caso de que los hechos no encajen en los supuestos explicados en la sección "Cuándo debo denunciar", las personas usuarias pueden presentar una queja o sugerencia.
Al objeto de proteger los derechos de las personas denunciantes, y de cumplir con las garantías exigidas por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, anteriormente mencionada , el canal de denuncias implantado en la organización es administrado por un prestador cualificado de servicios de confianza que cumple con las especificaciones previstas en El Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.
El objetivo de utilizar un prestador cualificado de servicios de confianza es garantizar la presunción de veracidad y autenticidad de la prueba, estableciendo la carga de la prueba en aquel que impugne el documento, conforme a lo previsto en el Art. 326 de Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil, así como garantizar la confidencialidad y anonimato de las informaciones y/o denuncias recibidas a través de la herramienta.
En todo caso, el prestador cualificado de servicios de confianza cumplirá con las instrucciones establecidas por MEF y siempre conforme a la legislación vigente en materia de protección de datos, garantizándose el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Art. 28 del RGPD.
El canal de denuncias debe ser utilizado en aquellas situaciones en las que se tenga conocimiento de una conducta o un hecho que pueda ser constitutivo de alguna actividad criminal, infracción de la normativa interna de la empresa y cualquiera otra actividad ilegal que contravenga los intereses de MEF, es decir, acciones u omisiones que:
Comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad tendrá la consideración de infracción muy grave conforme a lo dispuesto en el art 63 Ley 2/2023. Las comunicaciones y/o denuncias también se pueden realizar de manera externa a través de los canales externos de información ante las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea. Estos canales, según cada caso concreto, pueden ser:
El responsable del tratamiento de los datos es MOTO ENGINEERING FOUNDATION que, en cumplimiento de una obligación legal prevista en el la Ley 2/2023, de 21 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, tratará la información con la finalidad de gestionar las denuncias que se reciban a través del canal, garantizando la confidencialidad de los datos del denunciante manteniéndolos anónimos sin comunicarlos a terceros salvo que su identificación constituya una obligación necesaria y proporcionada impuesta por el derecho de la UE o nacional en el contexto de una investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales o en el marco de un proceso judicial, en cuyo caso deberá comunicarse a las autoridades competentes en el asunto.
Sus datos serán conservados durante un período máximo de 3 meses desde la introducción de los datos en el canal, transcurrido el cual se procederá a su eliminación del canal, pero podrán permanecer bloqueados cuando sea necesario para evidenciar el funcionamiento del modelo de prevención de delito o pueda ser requerido por la autoridad competente para el inicio de la correspondiente investigación de los hechos.
Para más información sobre el tratamiento de sus datos o como ejercitar sus derechos puede dirigirse a nuestra Política de Privacidad.